5/11/2006

Actualidad
El valor de la Corte Constitucional

Presentar lo que sería "la verdad absoluta" sobre la legalización del aborto, sería una empresa ambiciosa, en la que no me quiero embarcar.

Tampoco, en la discusión bizantina - parecida al sexo de los ángeles o la tradicional pregunta ¿Qué fue primero?¿El huevo o la gallina? - sobre el momento en el que comienza la vida, para justificar o no un procedimiento médico como el que despenalizó parcialmente la Corte Constitucional.

Mucho menos, entrar en el debate teológico y todas sus preguntas: ¿Una célula dentro del útero femenino ya tiene alma?¿Es pecado abortar en los tres casos que plantea el polémico fallo?

Y tampoco me interesa entrar en las minucias operativas del aborto despenalizado:
¿Los procedimientos abortivos deben entrar en el POS? ¿Cuál entidad debe certificar cuando una mujer fue embarazada en una violación? ¿Quién dice que el feto tiene una malformación o la vida del bebé pone en peligro la de la madre?

Otras preguntas saltan a la vista: ¿Deben ser excomulgados los magistrados de la Corte, por la sentencia en discusión? ¿En cuales casos el aborto debe seguir siendo un delito? ¿Quién debe decirle a una mujer que no aborte?¿El Estado o la Iglesia?

Sí algún magistrado, sacerdote, médico, abogado o una mujer que necesitara de un aborto, se sometiera a estas preguntas, cada uno respondería desde su orilla y ninguno coincidiría. Por eso no quiero meterme en esa discusión. El debate tiene de largo, como de ancho y es infinito.

Por encima de lo divino y lo humano, lo que vale la pena aplaudir, sin duda alguna, es el valor de la Corte Constitucional al tomar esta polémica decisión.

El Alto tribunal separó "el derecho a la vida, del cual son capaces las personas con vida independiente, del bien jurídico de la vida, que obliga la protección del naciturus en el momento mismo de la concepción".

Ahí reside el valor de la Corte. ¿Cómo explicarle a la gente que la vida es una decisión autónoma de quien la maneja? Es lo que llaman libre albedrío, que también está contemplado en la doctrina católica.

Pero tiene sus condiciones.
Las mujeres pueden abortar sí su embarazo es fruto de acceso carnal violento, sí su bebé tiene malformaciones que le harán imposible la vida, o sí el embarazo pone en peligro la vida de la madre.

De esta forma, la Corte Constitucional supera el segundo "chicharrón" después de la reelección presidencial. Todavía le queda resolver lo que pasará con las 10 demandas contra la Ley de Justicia y Paz.

Recursos informativos...

4 comentarios:

Julián Ortega Martínez dijo...

Carlos, ¿qué opinas de la decisión del cardenal Rubiano de excomulgar a los magistrados que aprobaron la despenalización parcial?

Un saludo. Como siempre, muy bueno este blog.

Carlos Sanabria dijo...

Julián,
Sobre la ex comunión de los magistrados, creo que el cardenal Rubio está en todo su derecho. Lo dicen los cánnones de la Iglesia. Igual estamos en un Estado laico, que defiende la libertad de culto. Para redondear me acojo a las palabras de Antanas Mockus: "La Iglesia debe entender que este es un país con libertades".
Un abrazo y gracias por las flores... Aunque espero que me den varilla!!!

Anónimo dijo...

dios esta loco por mi

Julián Ortega Martínez dijo...

(OFFTOPIC) Ya que eres periodista de verdad, te pido que nos cuentes qué opinas de esta entrevista con Antanas. Un saludo.